Buenas tardes, D. Juan Ramón:
Me ha dicho un abogado mercantilista que dentro de las Sociedades Limitadas hay un objeto social definido para cuidar, mejorar y traspasar, intergeneracionalmente, patrimonios familiares.
Por lo demás, bastante usada como vehículo al efecto.
Las constituyen y dotan los padres en favor de los hijos, quedándose estos como usufructuarios vitalicios y gerentes.
¿Es posible dedicar algún rato a destripar los pros y los contras de las mismas?
Muchísimas gracias.


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